¿Cuándo debería comenzar con la planificación de bienes?
Por definición, la planificación de bienes es un proceso diseñado para ayudarle a administrar y preservar su patrimonio mientras está vivo, y a conservar y controlar su distribución después de su muerte según sus metas y objetivos. Pero qué significa la planificación de bienes para usted depende específicamente de quién sea. Su edad, estado de salud, patrimonio, estilo de vida, etapa de la vida, objetivos y muchos otros factores determinan sus necesidades particulares de planificación de bienes. Por ejemplo, puede tener un patrimonio pequeño y puede preocuparle que solo cierta gente reciba ciertas cosas. Probablemente lo que necesite sea un testamento simple. O quizás tenga un gran patrimonio y su principal objetivo sea minimizar cualquier impacto fiscal posible sobre sus bienes. En este caso necesitará usar técnicas más sofisticadas en su plan patrimonial, como por ejemplo un fideicomiso.
Para ayudarle a comprender qué significa hacer una planificación de bienes en su caso, en las siguientes secciones explicamos algunas necesidades de planificación de bienes que son comunes para muchos grupos diferentes de gente. Estas son sugerencias para indicarle la dirección correcta, después de analizarlas consulte a un profesional para implementar el mejor plan para su caso.
Más de 18
La incapacidad puede afectar a cualquiera en cualquier momento, por esto todos los adultos mayores de 18 años deben pensar en tener:
- Un poder notarial duradero: con este documento puede nombrar a otra persona para que administre sus propiedades en su nombre en caso de que quede incapacitado y no pueda hacerlo.
- Una directiva médica avanzada: los tres tipos principales de directivas médicas avanzadas son (1) un testamento vital, (2) un poder notarial a largo plazo para atención médica (también conocido como poder de representación para asistencia médica) y (3) una orden de no resucitar. Tenga en cuenta que no todos los estados permiten todos los tipos de directiva médica, así que procure instaurar una que se pueda aplicar.
Joven y soltero
Si es joven y soltero quizás no necesite demasiada planificación de bienes. Pero si tiene algunas posesiones materiales debería al menos hacer un testamento. Si no lo hace, el patrimonio que deje cuando muera probablemente quede para sus padres, y quizás no sea lo que desea. Con un testamento puede dejar sus posesiones a quien quiera (por ejemplo, su pareja, hermanos, otros parientes o a alguna institución benéfica).
Parejas no casadas
Tiene una pareja estable pero no están legalmente casados. En este caso es fundamental tener un testamento para que las propiedades le queden a su pareja después de su muerte. Sin un testamento, las leyes estatales indican que solo sus parientes más cercanos pueden heredar sus propiedades y puede que su pareja no reciba nada. Si tienen alguna propiedad compartida, como una casa o un vehículo, una posibilidad es declarar las propiedades como copropietarios con derecho de supervivencia. De esta manera, si uno de los dos muere, la propiedad que tienen juntos quedará automáticamente para el que quede vivo.
Parejas casadas
Durante muchos años las parejas casadas tenían que ser muy cuidadosos en la planificación de sus bienes, por ejemplo a través de un fideicomiso con refugio tributario, para poder aprovechar las exclusiones de impuestos sucesorios federales combinadas. En 2010 se aprobó una nueva ley que permite al ejecutor del patrimonio de un cónyuge fallecido transferir cualquier monto de exclusión de impuesto sucesorio no usado al cónyuge que queda vivo sin haber hecho dicha planificación. Esta cláusula se aplica al patrimonio de personas que fallezcan después del 31 de diciembre de 2010.
Quizás se sienta inclinado a confiar en estas normas de portabilidad para evitar el pago del impuesto sucesorio, usando directamente el legado a su cónyuge en lugar de planificar un fideicomiso tradicional. Sin embargo, no se debe confiar en la portabilidad únicamente para usar la exención del impuesto sucesorio para el primero que muera. Es posible que un fideicomiso con refugio tributario creado al morir el primer cónyuge igual sea ventajoso por varios motivos:
- La portabilidad se puede perder si el cónyuge que queda vivo vuelve a casarse y más tarde vuelve a enviudar
- El fideicomiso puede proteger cualquier apreciación del patrimonio contra el impuesto sucesorio cuando muera el segundo cónyuge
- El fideicomiso puede proteger el patrimonio de los acreedores del cónyuge que queda vivo
- La portabilidad no se aplica al impuesto por transferencia transgeneracional (GST, por sus siglas en inglés), así que puede ser necesario el fideicomiso para aprovechar totalmente las exenciones de GST de ambos cónyuges
Las parejas casadas en las que uno de los cónyuges no es ciudadano de EE. UU. tienen otros factores que considerar al planificar sus bienes. La deducción marital no está permitida si el cónyuge receptor no es ciudadano (pero se permite una exclusión anual de $148,000 para 2016). Sin embargo, si se cumplen ciertos requisitos, una transferencia a un fideicomiso nacional calificado (QDOT) será elegible para la deducción marital.
Casado con hijos
Si está casado y tiene hijos, usted y su cónyuge deberían tener un testamento propio cada uno. En su caso, los testamentos son fundamentales porque puede nombrar a un tutor para sus hijos menores de edad en caso de que los dos mueran al mismo tiempo. Si no nombra a un tutor en su testamento, un tribunal podría designar a alguien que usted no hubiese elegido. Es más, sin un testamento, algunos estados dictaminan que al morirse una parte de su patrimonio pasa a sus hijos y no a su cónyuge. Si los hijos menores de edad heredan directamente, el padre/madre que queda vivo necesitará el permiso del tribunal para manejar el dinero por ellos.
Una buena idea es consultar a un abogado para abrir un fideicomiso para administrar los bienes de sus hijos en caso de que usted y su cónyuge mueran al mismo tiempo.
También puede que necesite un seguro de vida. El cónyuge que queda vivo quizás no pueda mantener a la familia por sí solo y quizás necesite reemplazar sus ingresos para sostener a la familia.
En una situación cómoda y esperando con ansias retirarse
Si está en sus 30 probablemente esté bastante cómodo. Ha acumulado cierto patrimonio y está pensando en retirarse. Aquí es cuando la planificación de bienes se superpone con la planificación para el retiro. Planificar su situación durante su retiro es igual de importante que planificar el sustento de sus beneficiarios después de su muerte. Debe tener en cuenta que si bien probablemente tenga acceso al Seguro Social cuando se retire, esos beneficios por sí solos quizás no signifiquen un ingreso suficiente para sus años de retiro. Analice la posibilidad de tener parte de su patrimonio acumulado en otros vehículos diferidos y de retiro, como una cuenta de retiro individual (IRA).
Rico y preocupado
Según el tamaño de su patrimonio, quizás deba preocuparse por los impuestos sucesorios.
Para 2016, $5,450,000 están efectivamente exentos del impuestos sucesorio y sobre donaciones estatal. Los patrimonios superiores a esa suma pueden estar sujetos al impuesto a una tasa máxima del 40 por ciento.
De manera similar, existe otro impuesto, llamado impuesto por transferencia transgeneracional (GST, por sus siglas en inglés), que se impone en transferencias de bienes a nietos (y generaciones menores). Para el 2016, la exención del impuesto GST también es de $5,450,000, y la tasa máxima es del 40 por ciento.
Si su patrimonio estará sujeto a impuestos sucesorios estatales depende del tamaño del patrimonio y de las leyes impositivas vigentes en el estado donde está domiciliado.
Anciano o enfermo
Si es anciano o está enfermo, lo mejor será hacer un testamento o modificar el que ya tiene. Considere hacer un testamento vital revocable y asegúrese de tener un poder notarial duradero y una directiva de atención médica. Hable con su familia sobre sus deseos y asegúrese de que tengan copias de sus documentos importantes o sepan dónde buscarlos.